Punto Atención al Emprendedor
Los PAE son centros donde se facilita la creación de empresas con servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación.
¿Qué formas jurídicas se pueden dar de alta en el PAE VilarencZenit?
El PAE permite realizar, por medios telemáticos, los trámites de constitución y puesta en marcha de las formas jurídicas:
- Empresario individual (trabajador autónomo)
- Sociedades de Responsabilidad Limitada
NOTA IMPORTANTE: El PAE no puede dar de alta autónomos societarios de sociedades ya creadas. En este caso, hay que hacer el trámite en la correspondiente oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Como pedir cita para hacer el trámite?
Una vez disponga de toda la información y documentación necesaria, puede solicitar cita con el equipo técnico de VilarencZenit para la tramitación:
- Por teléfono: 977 69 90 09 ext. 2679
- Por correu electrónico a [email protected]
- Presencialmente, al espacio empresarial VilarencZenit, situado en la Masia Vilarenc, Passeig de la Unió s/n, de Calafell
Antes de dirigirse al PAE
Es muy importante conocer las características de la actividad que se quiere iniciar y tener claro los diferentes aspectos de la forma jurídica. Por ello, le aconsejamos, además de hacer una buena planificación del proyecto, informarse y asesorarse previamente sobre las diversas formas jurídicas existentes, además de las que se pueden iniciar en el PAE, antes de tomar la decisión de poner en marcha su empresa.
En qué consiste la cita?
Durante la visita, el equipo técnico del PAE llenará el Documento Único Electrónico (DUE) en una aplicación web donde se incorporarán los datos referentes a la persona empresaria y a su actividad.
Al finalizar la visita, la persona emprendedora dispondrá de un documento que sustituye todos los documentos oficiales necesarios para el alta de la empresa.
En el caso de las personas autónomas, la actividad se considera iniciada a partir de la fecha indicada como inicio de actividad.
En el caso de las SL, la empresa se considerará constituida y preparada para el inicio de actividades después de la cita notarial.
Aspectos importantes a considerar:
- Cualquier modificación de datos, se deberá hacer a los organismos correspondientes (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Oficina de Trabajo), no al PAE.
- La creación de una empresa supone unas obligaciones fiscales. Recomendamos la contratación de una asesoría ó gestoría si no conoce bien estas obligaciones.
- El DUE no incluye la Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo. Este trámite es de obligatorio cumplimiento si se dispone de un centro de trabajo con personas trabajadoras y se puede realizar posteriormente.
- En caso de SL se puede escoger cualquier notario que esté en el Sistema de Tramitación Telemática del CIRCE (STT-CIRCE: Buscador de notarios).
- El PAE puede tramitar el cese o baja de autónomos a Hacienda y Seguridad Social. Es necesario aportar los documentos de alta de la actividad. El hecho de darse de baja, no exime a la persona empresaria de las responsabilidades fiscales y tributarias que queden pendientes (pagos trimestrales y / o declaraciones anuales).